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Hombre roció alcohol e intentó incendiar a una mujer en Valle de Bravo, autoridades lo detuvieron a tiempo

Hombre roció alcohol e intentó incendiar a una mujer en Valle de Bravo, autoridades lo detuvieron a tiempo

A través de la Secretaría de Seguridad del Estado de México se informó que un hombre fue detenido el lunes 25 de agosto en el municipio de Valle de Bravo, acusado de intento de feminicidio. El sujeto, tras agredir física y verbalmente a una mujer, le roció alcohol con la intención de prenderle fuego.

De acuerdo con las primeras versiones, las autoridades recibieron una llamada de emergencia que alertaba sobre una mujer cuya integridad estaba en riesgo. Elementos policiales se trasladaron de inmediato a la zona centro del municipio, donde localizaron a la víctima y la pusieron bajo resguardo.

La mujer, cuya identidad se mantiene reservada, relató a los agentes que el agresor primero la atacó verbal y físicamente, y posteriormente intentó incendiarla. Hasta el momento no se ha confirmado la relación entre la víctima y el detenido.

Los datos compartidos por las autoridades en un comunicado de prensa especifican que el hombre fue identificado como Isaías “N” de 47 años, y fue detenido por las autoridades correspondientes para posteriormente ser presentado ante la Agencia Ministerio Público correspondiente para definir su situación legal por intento de feminicidio.

Pena por intento de feminicidio en Edomex

El Código Penal del Estado de México establece que el feminicidio se configura como un homicidio doloso en contra de una mujer, siempre que se cometa bajo determinadas circunstancias, entre ellas:

  • Que existan antecedentes de violencia familiar, laboral o escolar.
  • Que la víctima haya sufrido amenazas relacionadas con el hecho.
  • Que el cuerpo presente signos de violencia sexual.
  • Que existan lesiones o mutilaciones degradantes previas o posteriores a la privación de la vida.
  • Que el cuerpo de la víctima haya sido expuesto o arrojado en un lugar público.
  • Que existan pruebas de odio o misoginia.

En el Estado de México, la pena por feminicidio consumado va de 40 a 70 años de prisión, además de multas económicas.

Cuando se trata de intento de feminicidio, es decir, cuando el agresor no logra privar de la vida a la víctima pero existen las pruebas claras de su intención, se aplican las sanciones correspondientes a la tentativa de este delito. En términos legales, la tentativa puede castigarse con hasta dos terceras partes de la pena máxima prevista, lo que significa que un agresor podría enfrentar más de 40 años de prisión, dependiendo de la gravedad del caso y de las circunstancias acreditadas.

Feminicidio y tentativa en el Estado de México

El Código Penal del Estado de México tipifica el feminicidio como un homicidio doloso en contra de una mujer cuando la privación de la vida se comete bajo circunstancias relacionadas con la violencia de género.

Se considera violencia de género la privación de la vida asociada a la exclusión, subordinación, discriminación o explotación de la víctima.

Asimismo, el delito se configura cuando concurren las siguientes circunstancias:

  • Que el crimen se cometa contra una persona con quien el agresor haya mantenido una relación sentimental, afectiva o de confianza, o con quien estuviera vinculado por motivos laborales, escolares, técnicos o profesionales, existiendo antecedentes de conductas que menoscaben o anulen sus derechos o atenten contra su dignidad.
  • Que el agresor haya ejecutado conductas sexuales, crueles o degradantes, o haya mutilado a la víctima o su cuerpo.
  • Que existan antecedentes de violencia familiar del sujeto activo hacia la víctima.

El artículo 242 del Capítulo II establece además que, cuando el homicidio se comete en contra del cónyuge, concubina(o), ascendientes, descendientes consanguíneos en línea recta o hermanos, y el inculpado tiene conocimiento del parentesco, la pena será de 40 a 70 años de prisión, más una sanción de 700 a 5,000 días multa.

En el caso de intento de feminicidio, la sanción corresponde a la tentativa de delito, lo que significa que la persona agresora podría enfrentar hasta dos terceras partes de la pena máxima prevista, dependiendo de las pruebas y circunstancias del caso.

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